La Legislatura de la Provincia de Buenos Aires aprobó la ley de alcohol cero al volante

La propuesta impulsada por el ministro de Transporte, Jorge D´Onofrio, busca consolidar un cambio cultural en la sociedad para salvar vidas.

La Legislatura bonaerense aprobó el proyecto de ley de Alcohol Cero presentado por el Ejecutivo provincial e impulsado por el ministro de Transporte de la provincia de Buenos Aires, Jorge D’Onofrio. La norma modifica el mínimo de alcohol permitido en sangre a la hora de conducir para garantizar la seguridad vial y salvar vidas.

La iniciativa, que fue trabajada como uno de los ejes principales de la gestión de D’Onofrio al frente de la cartera provincial desde principios de 2022, llega para modificar la Ley 13.927 del Código de Tránsito y crea tolerancia cero al volante en vehículos motorizados. De esa manera, se elimina el grado permitido de 500 miligramos de alcohol por litro
de sangre.

El alcohol está presente en uno de cada cuatro siniestros viales y es la primera causa de muerte de menores de 35 años. Además, durante 2022 hubo 6162 infracciones por alcohol al volante en rutas, calles y caminos de la provincia de Buenos Aires, según se desprende del informe anual del Observatorio Vial de Seguridad Vial del Ministerio de Transporte bonaerense.

SANCIONES Y PENALIDADES

La nueva ley contempla penalidades como retención de la licencia e inhabilitación para manejar, arresto, multas y obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública. Las puniciones tienen diferentes grados de aplicación de acuerdo a los niveles de alcohol en sangre detectados.

Así, quienes conduzcan con valores de hasta 499 miligramos recibirán tres meses de inhabilitación para manejar. Si el grado de alcoholemia se encuentra entre 500 y 999 miligramos, la pena será de seis meses. En tanto, estarán inhabilitadas por 18 meses las personas que circulen con tasas entre 1000 y 1500 miligramos de alcohol por litro de
sangre. Por último, quienes superen los 1500 miligramos no podrán conducir por el lapso de 18 meses.

Cabe mencionar que, durante el primer año de vigencia de la ley, las personas que conduzcan con una tasa de hasta 499 miligramos por litro de sangre serán sancionadas únicamente con la asistencia y aprobación de cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.