El gobierno anunció créditos de hasta $400.000 para trabajadores registrados

Se formalizaron las condiciones de la línea instrumentada por la Anses para los empleados en relación de dependencia, los cuales serán a pagar en 24, 36 o 48 meses.

El Gobierno nacional oficializó el lanzamiento de una línea de créditos subsidiados de hasta $ 400.000 para usar en consumos con tarjeta de crédito y destinada a trabajadores en relación de dependencia, que podrá ser devuelto en 24, 36 y 48 cuotas y forma parte del paquete de medidas anunciado por el ministro de Economía, Sergio Massa, para compensar el alza de precios.

Según se informó, el mecanismo de solicitud estará a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y los trabajadores registrados interesados podrán iniciar los trámites para acceder a estos préstamos a partir de “los primeros días de esta semana”.

¿Cuáles son los requisitos para acceder el crédito?

Los trabajadores deberán encontrarse en relación de dependenciano estar alcanzados por el Impuesto a las Ganancias -tener salarios brutos menores a los $ 700.000-, residir de manera permanente en el país y poseer una antigüedad no inferior a seis meses continuos bajo el mismo empleador.

Asimismo, no podrán superar la edad de jubilación para la fecha de finalización del pago del crédito, ni ser beneficiarios de una línea de crédito Anses vigente o encuadrarse dentro de la categoría “situación 2” en el registro de deudores del Banco Central (BCRA).

El decreto aclara que, mientras estén devolviendo el crédito, los solicitantes no podrán acceder al mercado de cambios para comprar divisas , lo cual será complementado por normas aclaratorias de otros organismos como el Banco Central.

Los préstamos serán acreditados en la tarjeta de crédito del trabajador en la cuenta donde percibe su salario.

Por otro lado, los tres meses de gracia se cuentan en función del día de cobro de la remuneración del trabajador y, en caso de que se cambie de cuenta bancaria, se deberá informar a la Anses los datos de la nueva cuenta donde se realizarán los débitos de las cuotas pendientes.

En caso de mora, el organismo previsional queda facultado para debitar todo importe adeudado de las cuentas bancarias que posea el tomador.